Hace poco más de un año mi vida dependía de un hilo, del criterio de una persona, un Juez. El Magistrado debía estimar si el contenido hallado en mis equipos era o no pornografía infantil. La incertidumbre era máxima, habida cuenta de los testimonios que dictaminaron – mediante simple estimación visual – la ilegalidad de esos contenidos. Uno de esos testimonios se le presumía carácter científico. Una médico forense que mediante la simple estimación visual llego incluso a establecer la edad de 10 y 12 años de algunas protagonistas de esas imágenes. ¿Cómo es posible que el ojo de ¿buen? cubero se siga empleando para fundamentar una prueba que puede mandar a alguien a la cárcel?
Con la ayuda de Google pude localizar a muchas de esas actrices porno adultas, e incluso logré que me hicieran llegar la licencia de conducir, el contrato cinematográfico y la tarjeta VISA de una de las actrices catalogadas a simple vista como niña de 12 años por la forense (ver documento).
Con el tiempo te das cuenta que a nadie le interesó saber realmente quiénes eran esas “niñas”, siendo el único objetivo justificar mi detención y enviarme a prisión. ¿Es esa la lucha contra la pornografía infantil en España?
¿Qué hubiera pasado si ese juez no hubiera tenido en cuenta las pruebas aportadas por la defensa? La respuesta es dramática y todavía hoy me genera bastante angustia. Yo hubiera sido condenado y aunque apelara, nunca esas pruebas presentadas serían nuevamente revisada por un tribunal.
Son numerosas las reclamaciones de detenidos P2P que alegan en sus apelaciones el error en la apreciación de la prueba, la amparo del artº 849 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (ver LECRIM). No sirve de nada ese argumento, el Tribunal Supremo en reiteradas ocasiones se limita a decir lo mismo (Id Cendoj: 28079120012011101274):
… todo lo relativo a la concreta función de valorar el diferente peso acreditativo del material probatorio disponible corresponde, en exclusiva, al Juzgador de instancia.
Si yo hubiera sido declarado culpable en primera instancia, el error de apreciación de la prueba se hubiera contagiado peligrosamente en todo el proceso. Hubiera sido condenado por archivos que no eran pornografía infantil.
Sugiero la lectura de esta noticia: Actriz porno salva a fan de 20 años en prisión. Yo llegué a soñar algo parecido. Soñé que entraba en el Juzgado de la mano de todas las actrices porno de mi caso. Me imaginaba la cara que pondría la maldita forense, y les aseguro que soñar ese tipo de cosas me ayudó a manter mínimamente la higiene mental. -> ¿sirvió para algo? ya ven, ahora para muchos, pese a ser declarado inocente, soy un desquiciado en la Red, un paranoico, en definitiva, … un mudo en el país de los ciegos.
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