El pasado 3 Junio los medios de comunicación lanzaron la sensacionalista noticia: “El Supremo deja los datos de redes P2P sin la protección del secreto de las comunicaciones“
Esta noticia nació a raíz de la sentencia del Supremo originada por la denuncia de una internauta de Tarragona que se vio inmersa en una detención por pornografía infantil en la Operación “AZAHAR” en el año 2006. Fue declarada inocente en el procedimiento, e inmediatamente presentó una demanda por estimar vulnerado su derecho al secreto de las comunicaciones.
La cronología de los sucesos de este caso es la siguiente:
- Con motivo de la celebración en Sevilla del IV Foro Iberoamericano de Ciberpolicías, iniciado el 22 de Octubre de 2005, aprovechando dicha celebración, el Grupo de Delitos Telemáticos de la Policía Judicial de la Guardia Civil, realizó búsquedas en Internet rastreando las redes de intercambio de archivos (P2P), con el objeto de averiguar aquellos usuarios que descargasen o compartiesen entre dichas fechas – 22 al 28 de Octubre -archivos conteniendo fotografías o vídeos con contenido de pornografía infantil, que previamente habían identificado e incluido en sus bases de datos. Una investigación de 7 días.
- Para llevar a cabo esta investigación, la Guardia Civil utilizó su rastreador HISPALIS, cargado con una base de datos de 1000 HASH de archivos que identificaría inequívocamente las fuentes de la red P2P eDonkey2000, con independencia del nombre con el que pudieran aparecer. En otras palabras, no se distinguiría entre una fuente que compartiera un archivo con nombre inofensivo – fake file -, ya que la búsqueda se realizaría mediante el identificador único de archivo HASH.
- Los resultados de este encuentro de Ciberpolicías fueron publicados el mismo 28 de Octubre en la web de la Guadia Civil:
“IV Foro de Encuentros de Ciberpolicías”
El buscador “HÍSPALIS” ha centrado sus esfuerzos de búsqueda en estos objetivos que contenían cinco imágenes, como mínimo, con pornografía infantil. “Híspalis” ha iniciado su trabajo de análisis final tras la detección de 8.670 objetivos que en sus ordenadores contenían una imagen de contenido pedofílico. La búsqueda que ha realizado el Grupo de Delitos Telemáticos de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil se ha centrado en las redes “p2p”. En el acto de clausura del “IV FORO DE ENCUENTOS DE CIBERPOLICÍAS” se hará entrega de la información obtenida a los participantes de este encuentro. La Guardia Civil, en el marco de la operación la Operación “AZAHAR”, ha finalizado la primera fase de este operativo coincidiendo con la clausura del “IV FORO DE ENCUENTROS DE CIBERPOLICÍAS, con un resultado de 629 objetivos con imágenes de pornografía infantil en todo el mundo.
- ¿De dónde obtuvo los datos el HISPALIS? La respuesta a esta pregunta es clave en todo este asunto. El HISPALIS y el resto de rastreadores utilizados en este tipo de operaciones, como cualquier cliente P2P convencional, simplemente consulta a los Servidores P2P (vamos a llamarles INFORMANTES). Estos servidores almacenan metadatos – datos que apuntan hacia otros datos. En otras palabras, no son la fuente primaria de información.
- Debe quedar bien claro que los archivos compartidos no pasan a través de los servidores P2P . En ellos simplemente se almacena la dirección de una fuente (hash de archivo, Ip de usuario, …) que proceden de nuestros clientes P2P. Los servidores P2P NO SON TESTIGOS son simples INFORMANTES que apuntan hacia fuentes de datos que pueden ser activas, no activas o falsas. Nov.2008: según amule.org, las conexiones con ID BAJA transfieren los archivos a través del Servidor P2P.
- Los agentes nunca inician la descarga para verificar si la difusión es efectiva desde la IP del internauta. Estos metadatos almacenados en los servidores P2P están a la vista de todos, de ahí que los agentes no intercepten ninguna comunicación privada y por tanto no necesitan orden judicial, siendo correcta la sentencia del Tribunal Supremo.
- De estos 629 objetivos, 35 eran españoles. El 24 de Febrero de 2006 – cuatro meses después – aparece la noticia de las 24 detenciones de la Operación “AZAHAR” ¿Qué ha pasado durante todo este tiempo? La respuesta es simple: el típico papeleo. Los agentes tuvieron que solicitar, mediante mandamiento judicial, a los Proveedores de Servicios de Internet los datos de los titulares de las líneas que tenían en esos momentos determinados esas IP, reparto provincial y coordinación de los registros para el mismo día, etc.
- Retornando al caso de la internauta detenida en esta operación, tal y como indica la sentencia, la acusada (declarada inocente en su procedimiento inicial), realizó búsquedas de archivos a través de títulos que contuvieran las palabras “bebés”, “mamás”, “papás”, “niñas”, “girls”, “boys”, “mamás con bebés”, sin que quede acreditado que pretendiera obtener a través de dichas búsquedas archivos que contuvieran pornografía infantil. En varias ocasiones los archivos así descargados, resultaron contener pornografía infantil que la acusada borraba de su ordenador. Por lo tanto, no encontraron nada de pornografía infantil en el registro domiciliario.
- No olvidemos que si un internauta se tropieza con un archivo ilegal y lo elimina, su rastro -METADATO- puede seguir apareciendo en los servidores P2P como fuente disponible.
CONCLUSIONES:
- Suponer un delito por aparecer la IP de un internauta como fuente disponible de un archivo en la red P2P, sin comprobar la difusión efectiva desde su IP, es un error. Entre otros motivos podría suceder que el internauta hubiera borrado el archivo de su ordenador, mientras que el servidor P2P podría seguir informando que es fuente disponible de ese archivo (metadatos no actualizados).
- La prueba aportada por los investigadores, independientemente del rastreador utilizado, no es un indicio racional, es nula (derecho a la prueba), NO por infringir los agentes el derecho al secreto de las comunicaciones. SÍ POR APORTAR PRUEBAS PROCEDENTES DE INFORMANTES DE DUDOSA CREDIBILIDAD -metadatos- que pueden, además de no ser actuales, ser alterados por terceros (fakes server p2p), y por no confirmar la difusión efectiva desde la IP del internauta.
- El Estado debería someter este tipo de investigaciones sobre la red P2P, a protocolos rigurosos de intervención. La única prueba fidedigna sería iniciar la descarga desde la IP del internauta – DIFUSIÓN EFECTIVA - antes de ordenar registros domiciliarios masivos que están dejando un rastro desolador a su paso.
Si aún leyendo este comentario, no le queda claro este asunto, le ruego vea la analogía del Vecino Informante y la analogía del Vecino Malvado.
Etiquetas: analogía, difusión efectiva, P2P, secreto de las comunicaciones, tribunal supremo
Octubre 1, 2008 a las 5:25 pm |
Supongo que ya conocerás el caso del periodista Pablo Santiago. Por si acaso: es el autor de “Alicia en el lado oscuro” , detenido mientras investigaba para este libro (te lo recomiendo si tienes la oportunidad de hacerte con él) y convicto como consecuencia de uno de estos montajes propagandísticos.
te dejo los enlaces:
http://www.eniac-informatica.com/alicia/autor.htm
http://pablosantiago.blogspot.com/
Ánimo y suerte
Octubre 1, 2008 a las 5:39 pm |
Vale, ya he visto que lo tienes a la derecha jeje saludos
Octubre 3, 2008 a las 2:58 pm |
Claro, una víctima, pobrecita en realidad.
Y ustede es que no piensa en los cientos de niños y niñas que están siendo abusados en España? Claro, muy ocupados criticando autoridades y medios de comunicación.
Adelante alcahuetes, sigan enalteciendo los delitos, es preferible que se salve una vieja imprudente a una niña de dos años que está siendo violada, las preferencias hablan de su espíritu, aparte las leyes! Claro, vale más hablar mierda que proteger la infancia. Ignorante, onanista y despreciable!
Joshua RVGR.Org
Octubre 23, 2008 a las 8:17 pm |
[...] En favor del rastreador Híspalis de la Guardia Civil, he de decir que antes de señalar a un internauta, agrupa por HASH de Usuario eDonkey2000 para contar hasta un número determinado de apariciones como fuente de archivos ilegales. Pese a ello, se constata que no es perfecto (ver caso internauta Tarragona) [...]
Diciembre 23, 2008 a las 2:10 am |
well, hi admin adn people nice forum indeed. how’s life? hope it’s introduce branch
Diciembre 23, 2008 a las 6:44 pm |
En mi opinión la posesión de pornografía infantil no debería ser un delito. Es lo mismo que el narcotrafico, se debería perseguir a los productores, no a los simples consumidores. Yo me pregunto cuántas personas mueren y son explotadas para hacer medio kilo de cocaina, y sin embargo la gente insiste en legalizar el uso de drogas para consumo personal.
Diciembre 23, 2008 a las 6:45 pm |
http://porlaverdad3.wordpress.com
En mi opinión la posesión de pornografía infantil no debería ser un delito. Es lo mismo que el narcotrafico, se debería perseguir a los productores, no a los simples consumidores. Yo me pregunto cuántas personas mueren y son explotadas para hacer medio kilo de cocaina, y sin embargo la gente insiste en legalizar el uso de drogas para consumo personal.
Septiembre 11, 2009 a las 6:24 pm |
Para mi tener P.I. Es DELITO, es porquería hay que erradicarla como sea. Otra cosa sea que no se hallara tal material y aun así se quiera condenar al supuesto “pedofilo”.
La P.I. es una PESTE y por tanto tiene que ser borrada de por vida. Es asquerosa, depravada, aberrante, etc. (no existe palabra tan fuerte que pueda describir tal material).
Pero es lamentable que se condene a gente inocente solo por suposiciones. Triste y lamentable.
Bueno Joshua, me has dejado una duda que no entiendo muy bien… cuando dices: “… es preferible que se salve una vieja imprudente a una niña de dos años que está siendo violada …” ¿es que metiendo a “una vieja imprudente” en la cárcel esa “niña” estaría salvada o habría que meter al verdadero criminal que ha hecho ese vídeo y así salvar a esa “niña”?
Se que este material es asqueroso y debe ser destruido y coger al H.P. que los produce y que es él el verdadero criminal de esto, pero parece como si todo el que accidentalmente hubiera bajado algo de eso es igualmente un criminal. NO es JUSTO. Así afirmo una cosa, que a la mujer por lo menos habría que darle un par de cachetadas y decirle que SIEMPRE que le vuelva a ocurrir algo de eso que DENUNCIE, DENUNCIE Y DENUNCIE, es la única forma de combatir esta lacra (y si lo quiere hacer de forma anónima usa por ejemplo dando un aviso a Protegeles que son un grupo eficaz).
Saludos
saludos
Septiembre 12, 2009 a las 8:16 pm |
UnDesgraciado bienvenido a este blog.
Mi recomendación es siempre acudir a quienes deben combatir estos delitos.
https://www.gdt.guardiacivil.es/colabora.php
Saludos,
Indignado